Con el decreto 413/2021, que se publicó en el Boletín Oficial el lunes 28 de junio, se establece una nueva prorroga de la medida que considera al Covid-19 como enfermedad profesional . Desde el sector de las ART aspiraban a su no renovación, sobre todo por considerar que es erróneo que el Sistema de Riesgos del Trabajo se haga cargo bajo esos lineamientos y a sabiendas que la mayoría de los contagios no se dan en el ámbito laboral (sino social), donde existen protocolos exigentes que suelen cumplirse sin problemas.
viernes, 2 de julio de 2021
viernes, 25 de junio de 2021
Cuándo y cuánto sube el seguro para el personal de servicio doméstico y cómo quedan los demás aportes
Ese incremento se sumará a la actualización que tuvieron recientemente los aportes y las contribuciones con destino a la obra social y al sistema jubilatorio.
El ingreso básico mensual para el personal que desarrolla tareas generales con retiro pasaría a ser de $25.725,02. Entonces, la aplicación del mecanismo de actualización del seguro y la suma adicional dejarían las cuotas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo en los siguientes montos, que podrán variar levemente según el redondeo que finalmente se haga:
- Por 16 horas semanales o más: $793,14, en lugar de los $706,43 que regían hasta ahora.
- Por entre 12 y 16 horas de trabajo en la semana: $527,82, en lugar de $471,63.
- Por menos de 12 horas en la semana: $344,66, en lugar de $309,55.
Si se suman los conceptos de obra social y jubilación, los montos desde el mes próximo quedarían así:
- Por 16 horas o más de trabajo semanal: obra social, $1408,87; jubilación, $117,68; ART, $793,14; total, $2319,69.
- Entre 12 y 16 horas de trabajo por semana: obra social, $211,83; jubilación, $80,68; ART, $527,82; total, $820,33.
- Hasta 12 horas por semana: obra social, $114,32; jubilación, $40,35; ART, $344,66; total, $499,33.
Con esas recomposiciones, desde este mes el valor mínimo a pagar por hora, en el caso de tareas generales y en la modalidad con retiro pasará a $209,05.
martes, 22 de junio de 2021
Obligación legal autónoma.
La ley Nacional de Tansito (24.449) impone a las Aseguradoras el deber de cubrir los Gastos Sanatoriales y de Sepelio que se deban afrontar producto de un accidente de tránsito independientemente de la responsabilidad de los asegurados en el siniestro y aun en supuestos de falta de cobertura.
La Superintendencia
de Seguros de la Nación en la resolución 271/2018 indica que los terceros o sus
derecho habientes pueden cobrar las sumas de dinero determinadas por el
Organismo de Contralor en un plazo improrrogable de cinco días hábiles contados
desde el reclamo respectivo, sin perjuicio de los derechos que luego la
aseguradora puede hacer valer en caso de que su asegurado no resultara responsable
en los hechos o en los supuestos de falta de cobertura.
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viernes, 11 de junio de 2021
Como abonar salarios y aguinaldo de empleados de casas particulares.
Los pagos se pueden
realizar desde la aplicación para celulares “Casas Particulares”, disponible
para Android o iOS. Es necesario contar
con clave fiscal nivel de seguridad 2 como mínimo.
¿Cómo se
genera el recibo de sueldo?
Se debe ingresar
con CUIT y Clave Fiscal al servicio de “Casas Particulares”; en la tarjeta
"Trabajadores a cargo" seleccionar "Generar recibo de
sueldo"
Completar:
- Período
mensual que se está abonando
- Modalidad de
liquidación (diaria, semanal, quincenal, mensual)
- Remuneración
por el período liquidado
- Cantidad de
horas
- Solo para los
meses en que se abone el aguinaldo, se completará el SAC
- Adicionales y
descuentos correspondientes (viáticos, descuentos obra social, etc.)
- Número de
comprobante de pago de los aportes
Presionar “Generar
recibo” e imprimir en duplicado y firmar por ambas partes.
¿Cómo abonar los
aportes y contribuciones?
Es este video se
muestra paso a paso. A continuación, se
resume el procedimiento.
1 - Seleccionar
la opción “Pagar mes actual” para generar el comprobante de pago de los aportes
y contribuciones del período en curso.
2- Seleccionar el
personal a cargo y el medio de pago (manual o electrónico). El sistema mostrará
las alternativas de sitios de pago: Red Link, Pago Mis cuentas, Banelco,
tarjeta de crédito, etc.
3- Una vez
elegida la entidad elegir la opción “Generar VEP”.
4 -Pagar el VEP
en la plataforma de la entidad de pago.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
El Sueldo Anual
Complementario (SAC) o aguinaldo, consiste en el cincuenta por ciento (50%) de
la mayor remuneración mensual, por todo concepto, que se abona dentro de los
semestres que culminan en los meses de junio y diciembre, respectivamente. El empleador podrá abonarlo hasta el último
día hábil del mes de junio y diciembre, respectivamente.
En el caso que la
relación laboral no abarque el semestre completo, se calculará el proporcional
de tiempo trabajado sobre el 50% de la mejor remuneración.
viernes, 19 de marzo de 2021
Responsabilidad Civil Automotores. Nuevos límites y definiciones importantes.
La
Resolución 268/2021 de Superintendencia de Seguros de la Nación publicada en el Boletín Oficial, autoriza a las aseguradoras, a partir del 1 de abril de
2021, a celebrar contratos de Seguro de Responsabilidad Civil - Seguro
Voluntario para los Vehículos Automotores y/o Remolcados, con los límites
únicos y uniformes de cobertura por acontecimiento.
Estos
límites son: que se detallan a continuación:
- $17.500.000 para Automóviles y Camionetas, Vehículos Remolcados, Autos
de alquiler sin chofer, Motovehículos, Bicicletas con motor y Casas
Rodantes.
- $38.500.000 para Taxis y Remises, Maquinarias Rurales y Viales,
Camiones y Semitracciones, Acoplados y Semirremolques, Servicios de
Urgencias, Fuerzas de Seguridad, M1: vehículo para transporte de pasajeros
que no contenga más de 8 asientos además del asiento del conductor y que
cargado no exceda de un peso máximo de 3.500 kg.
- $58.000.000 para M2: vehículo para transporte de pasajeros con más de
8 asientos excluyendo el asiento del conductor, y que no exceda el peso
máximo de 5.000 kg.; y M3: vehículos para transporte de pasajeros con más
de 8 asientos excluyendo el asiento del conductor, y que tenga un peso
mayor a los 5.000 kg.
Por
otro parte, los Anexos I, II y III de la Resolución 268/2021 aportan
definiciones sobre la póliza básica del Seguro Obligatorio de
Responsabilidad Civil, Art 68 de la ley N° 24.449 (cubriendo los riesgos de
muerte, incapacidad, lesiones y obligación legal autónoma).
Según
la nueva Cláusula SO-RC 6.1, se cubre la responsabilidad en
que se incurra por el vehículo automotor objeto del seguro por los daños y con
los límites que se indican a continuación:
- Muerte o incapacidad total y permanente por persona $1.750.000.
- Incapacidad parcial y permanente por la suma que resulte de aplicar el
porcentaje de incapacidad padecida
sobre el monto previsto para el caso de muerte o incapacidad total y permanente. Dicha incapacidad parcial y
permanente se sujetará al Baremo que figura en el cuadro de la Cláusula 9. - Un límite por acontecimiento en caso de producirse pluralidad de
reclamos igual al doble del previsto para el
caso de muerte o incapacidad total y permanente.
Se
cubre asimismo la Obligación Legal Autónoma por los siguientes conceptos:
- Gastos Sanatoriales por persona hasta $ 80.000.
- Gastos de Sepelios por persona hasta $45.000.
A
su vez, la nueva Cláusula CA-RC 20.2, define el Descubierto
Obligatorio a Cargo del Asegurado en el Riesgo de Responsabilidad Civil de
Aplicación Exclusivamente en Vehículos Destinados a Taxi o Remise: "En
la cobertura de Responsabilidad Civil hacia Terceros Transportados y no
Transportados, el Asegurado participará en todo reclamo con un importe
obligatorio a su cargo, el que no podrá exceder de $ 42.000".
Finalmente,
la nueva Cláusula 1.2 -Obligación Legal Autónoma, define sobre
el seguro para vehículos intervinientes en un servicio convenido por
intermedio de una plataforma tecnológica, que cubre la Obligación Legal
Autónoma por:
- Gastos Sanatoriales por persona hasta $ 80.000.
- Gastos de Sepelios por persona hasta $ 45.000.
RESOLUCIÓN 268/2021 COMPLETA Y
SUS ANEXOS:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/242001/20210318
Volver a seguros y asesoría.
ART-. Nueva normativa para denuncias de COVID 19
A partir de la Resolución N° 10/21 de la SRT se añadió un requisito, a los ya establecidos, de admisibilidad ineludibles que deberán cumplimentar para denunciar COVID-19.
A continuación detallamos los mismos:
a. Estudio de diagnóstico de entidad sanitaria incluida en el Registro Federal de Establecimientos de Salud ( R.E.F.E.S.) creado por la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación (M.S.N.) N° 1.070 de fecha 26/06/2009, con resultado positivo por coronavirus - COVID-19 -, debidamente firmado por profesional identificado y habilitado por la matrícula correspondiente (según artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 367/20).
Para conocer si la Institución sanitaria se encuentra registrada en el R.E.F.E.S ingrese al siguiente link: https://sisa.msal.gov.
b. Descripción del puesto de trabajo, funciones, actividades o tareas habituales desarrolladas así como las jornadas trabajadas durante la dispensa del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 de fecha 19/03/2020 y normas complementarias (según artículo 1° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 367/20).
c. Declaración Jurada del Empleador (Nuevo): certificaci
Es imprescindible contar con toda la documentación requerida por la normativa expresa, para que se pueda admitir la denuncia, y luego del análisis de la documentación, brindar la cobertura a la contingencia "COVID-19", para que se puedan otorgar en forma inmediata, las prestaciones previstas en la Ley N° 24.557.
martes, 6 de octubre de 2020
GENERACIÓN DE EXPEDIENTE MÉDICO ON LINE

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo - SRT- puso en funcionamiento un nuevo Sistema de inicio de trámites online que les permitirá iniciar todos los trámites* ante las Comisiones Médicas.
Los Sistemas de Mesa de Entradas Virtual (MEV) y Trámites a Distancia (TAD) no recibirán inicios de expedientes médicos. La MEV seguirá funcionando para realizar presentación de documentos (ingresos, oficios judiciales, entre otros).
(*) Los trámites a realizar son:
1. Divergencia en la determinación de la incapacidad
2. Divergencia en el alta
3. Divergencia en las prestaciones
4. Reconocimiento enfermedad profesional Covid-19.
5. Rechazo del accidente laboral y/o enfermedad profesional
6. Rechazo de enfermedad profesional no listada
7. Reingreso a tratamiento
8. Silencio de la ART
Para descargar el instructivo hacer click AQUÍ
Asimismo, el ente de contralor puso a disposición un servicio para solicitar la designación de un abogado que lo represente ante las Comisiones Médicas ACOM. Para mayor información haga click aquí.