jueves, 31 de octubre de 2019

Homologación y patentamiento de tailers y acoplados.


La nueva patente de trailer entrará en vigencia el 1° de noviembre del 2019 y en doce meses será la única matrícula válida para remolques pequeños. 
Todos los dueños de acoplados tendrán un plazo de doce meses para someter sus tráilers a un proceso de homologación: una certificación de seguridad vehicular que por normas complementarias se establezca. 
La homologación deberá iniciarse en la dependencia más cercana del Registro de la Propiedad Automotor. 
También tendrán que tramitar la nueva matrícula Mercosur.
Hasta ahora, esos tráilers usaban como patente una copia que se podía imprimir en forma particular y replicaba a la chapa original del vehículo tractor (con el agregado de un 101).
Este trámite será obligatorio para todos los tipos de tráilers pequeños, sean nuevos o viejos.


jueves, 17 de enero de 2019

Actualización de suma asegurada para el Seguro de Vida Obligatorio


Mediante Resolución Nº 39.766 del 8 de Abril del 2016 la Superintendencia de Seguros de la Nación estableció que la Suma Asegurada del Seguro de Vida Obligatorio sería equivalente a la de 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM). Dicha suma se ajusta anualmente conforme al último SMVM publicado en el mes de diciembre de cada año, y la suma asegurada que resulte de la actualización anual entra en vigencia a partir del 1º de marzo del año siguiente.


El criterio de la SSN fue el de considerar el SMVM en $12.500, con lo cual a partir del 1º de marzo de 2019 la suma asegurada quedará establecida en sesenta y ocho mil setecientos cincuenta ($ 68.750) por cada trabajador.

Asimismo, si bien la tasa de prima mensual mantiene el valor fijo de $0,205 por cada $1.000 de suma asegurada, el premio sufrirá un incremento como consecuencia de su aplicación sobre el nuevo capital:
Hasta el 28/02/2019: $ 11,28 mensuales por trabajador.
A partir del 01/03/2019: $ 14,09 mensuales por trabajador.

Las modificaciones detalladas también alcanzan a las pólizas vigentes. En caso de estas últimas, los Empleadores a partir del pago de las obligaciones del mes de marzo a efectivizarse en abril del corriente, deberán tener en cuenta el nuevo valor informado.